MEDIDA CAUTELAR DENTRO DE PROCESO EN PERU

Categoría: Negocios
Fecha: 15/04/2013 12:28:02
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SECRETARIO: .

Referencia : SOLICITA MEDIDA CAUTELAR DE EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCIÓN DENTRO DE PROCESO.

CUADERNO : CAUTELAR

SEÑOR JUEZ DEL QUINTO JUZGADO DE PAZ LETRADO DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CUSCO.

Que, al amparo de la legislación vigente y de conformidad a lo establecido por los artículos 424, 425, 636, 637 y 656 del Código procesal Civil, SOLÌCITO SE TRABE MEDIDA CAUTELAR DE EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCIÒN SOBRE EL INMUEBLE UBICADO EN LA MANZANA A LOTE 1 DE LA URBANIZACIÒN PRO VIVIENDA DE LOS TRABAJADORES DEL SECTOR VIVIENDA Y CONSTRUCCIÒN DEL DISTRITO DE SAN SEBASTIAN PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DEL CUSCO.

PERSONERIA DEL SOLICITANTE: Que, el recurrente acudo a su Despacho en mi calidad de apoderado de la Cooperativa de ahorro y crédito Santo Domingo de Guzmán Ltda., en virtud al poder otorgado; conforme a la copia legalizada del testimonio anexo a la presente.

DEL PETITORIO: En la vía del Proceso Cautelar, SOLÌCITO MEDIDA CAUTELAR DE EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCIÒN SOBRE EL INMUEBLE UBICADO EN LA MANZANA "A" LOTE 1 DE LA URBANIZACIÒN PRO VIVIENDA DE LOS TRABAJADORES DEL SECTOR VIVIENDA Y CONSTRUCCIÒN DEL DISTRITO DE SAN SEBASTIAN PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DEL CUSCO; dicho inmueble de propiedad de DIANE HERMINIA TRUJILLO YAÑEZ identificada con Nro. de dni 23956631, hasta por la suma de S/. 10757.92 Nuevos Soles ( DIEZ MIL SETESCIENTOS CINCUENTA Y SIETE CON 92/100 NUEVOS SOLES), solicitud cautelar que la amparo en los siguientes fundamentos de hecho y derecho:

FUNDAMENTOS DE HECHO:

1.- Que en fecha 27 de Marzo del año 2009 la persona de GERARDO PASTOR ALVAREZ juntamente que la persona de DIANE HERMINIA TRUJILLO YAÑEZ demandada solidaria contrajeron una obligación económica a favor de mi representada, por la suma de S/. 12.000.00 nuevos soles a ser cancelados en 36 cuotas mensuales,

2.- En garantía del cumplimiento de esta obligación, el demandado suscribió un título valor incompleto que fue completado previa liquidación conforme a las normas prescritas en el artículo décimo de la Ley de Títulos Valores Nro. 27287 y la circular SBS Nro. G - 0090 - 2001.

3.- A la fecha, el demandado ha incumplido en tiempo oportuno con el pago de las obligaciones asumidas, y pese a los requerimientos pre-judiciales efectuados, viene incumpliendo en forma sistemática sus obligaciones.

4.- Teniendo conocimiento que la obligada solidaria cuenta con inmueble propio ubicado en la EN LA MANZANA "A" LOTE 1 DE LA URBANIZACIÒN PRO VIVIENDA DE LOS TRABAJADORES DEL SECTOR VIVIENDA Y CONSTRUCCIÒN DEL DISTRITO DE SAN SEBASTIAN PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DEL CUSCO; dicho inmueble libre de gravámenes el cual puede ser dispuesto a efectos de perjudicar la recuperación de nuestra acreencia, resulta imperiosa la necesidad de que su despacho ordene trabar medida cautelar de embargo en forma de inscripción de inmueble inscrito en REGISTROS PUBLICOS descrito en el petitorio, a fin de asegurar el efectivo cumplimiento del pago de la deuda contraída.

FUNDAMENTACIÓN JURÍDICA:

Se ampara la solicitud en lo establecido por el Art. 608, 610, 636, 656 y pertinentes del Código Procesal Civil.

OFRECIMIENTO DE CONTRACAUTELA: De conformidad por el Art. 613 del C.P.C; ofrezco contracautela en la modalidad de CAUCIÒN JURATORIA y hasta por la suma de S/. 12.000.00 nuevos soles (Doce mil nuevos soles con 00/100) nuevos soles para lo cual cumplo con legalizar mi firma por ante secretario Cursor.

MONTO DEL PETITORIO: El monto de la afectación en vía de embargo en la forma de inscripción, debe ser hasta por la suma de S/. 12.000.000 nuevos soles (Doce mil nuevos Soles con 00/100 nuevos soles)

MEDIOS PROBATORIOS:

Copia del Título Valor original, consistente en el pagaré debidamente protestado cuyo documento original se encuentra inserto en el expediente que su despacho a la fecha viene conociendo en el presente proceso.

ANEXOS: Adjunto en calidad de anexos los siguientes documentos:

1-A) Copia de mi documento de identidad.

1-B) Copia Legalizada del poder otorgado a mi favor.

1-C) Copia del Pagaré debidamente protestado.

1-D) Contracautela.

1-E) Tasa judicial por medida cautelar.

1-F) Tres cédulas de notificación.

1.G).- Certificado libre de gravamen y cargos inscrito en Registros Públicos del Cusco.

POR LO TANTO:

Pido a Ud., Señor Juez; sirva admitir la presente solicitud, tramitarla conforme a su naturaleza y en su oportunidad declararla fundada.

PRIMER MAS DIGO: La medida cautelar deberá hacerse efectiva, y posteriormente notificada en el domicilio del titular ubicada en la Calle Bolognesi 608 del distrito de San Sebastián provincia y departamento del Cusco simultáneamente en la Urbanización El Trébol A-1 del distrito de San Sebastián provincia y departamento del Cusco.

SEGUNDO MAS DIGO. De conformidad a las modificatorias del CPC vigentes su despacho es competente para el conocimiento de la presente solicitud y del proceso principal que se viene tramitando en su despacho.

TERCER MAS DIGO. A efectos de hacer efectiva la presente solicitud, pido a su despacho se curse oficio al Registrador de la Zona Nº X- Sede CUSCO "Oficina Registral Cusco", a efectos de que se anote la medida cautelar solicitada en la partida electrónica correspondiente al de predios rústicos.

Se admita

Cusco, 26 de Agosto del 2009.






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medida cautelar