INTRODUCCIÓN
La presente monografía fue elaborada por los alumnos Aronna M, Bonanni R, Glessi J, Heathi T, Martínez S, Montes R , Saffer C. en cumplimiento del requisito planteado por la cátedra de Derecho Internacional Público, como parte integradora y concluyente de la materia.
La temática en cuestión consiste en la administración y conservación de recursos vivos y no vivos en torno a las Islas Malvinas. En función de esto fue que planteamos la siguiente hipótesis: "La administración y conservación bilateral de recursos en las Islas Malvinas. ¿Es una cuestión de soberanía?".
De esto se desprende el desarrollo de una serie de capítulos en donde abordamos la problemática desde una perspectiva cronológica al tiempo que puntualizamos aspectos que consideramos de relevancia.
En el primer capítulo, Aronna M. trabaja los antecedentes de la relación entre los mencionados países, a partir de 1986, incluyendo la situación que desencadenó la guerra de 1982, hasta 1993. Por otro lado, Martínez S., aborda la problemática desde 1993 al 2002. Los puntos de mayor relevancia durante este periodo fueron la reforma de la legislación pesquera en 1986, llevada a cabo por Reino Unido en las Islas Malvinas, por la cual se estableció una zona de exclusión pesquera (FICZ), y la concreción en 1991 de los Acuerdos de Madrid bajo la fórmula del "paraguas" de la soberanía.
El segundo capítulo, a cargo de Glessi J. expone la situación actual que abarca el período comprendido entre los años 2003 a la fecha. Aquí se desarrolla la política exterior llevada a cabo por las presidencias de Néstor Kirchner, y Cristina Fernández de Kirchner cuya característica fundamental es un fuerte y constante reclamo de soberanía en los distintos ámbitos internacionales, y una marcada tendencia hacia la integración latinoamericana como estrategia fundamental para lograr la negociación.
El siguiente capítulo, trabajado por Saffer C, comprende una enunciación de los actos unilaterales llevados a cabo por Reino Unido y su crítica conforme al Derecho Internacional Público. En el cuarto capítulo, Montes R. hará lo propio pero en relación a los actos unilaterales llevados a cabo por Argentina.
El capítulo trabajado por Bonanni R, abordará el rol de los organismos internacionales frente al conflicto, los cuales reconocen la existencia de un conflicto de soberanía pendiente de negociación.
El sexto capítulo, a cargo de Heathi T, desarrollará la importancia de los recursos vivos (pesca) y no vivos (petróleo) y su incidencia en la economía local.
En el curso de la investigación se llevaron a cabo encuestas con el fin de acercarnos al conocimiento que poseen los ciudadanos de nuestro país sobre el conflicto y qué perspectiva tienen acerca de la posible resolución del mismo. Los resultados quedarán plasmados al final de la monografía incluidos en la conclusión.
Lo que pretendemos en el desarrollo de este trabajo es no solo poder afirmar o refutar la hipótesis planteada, sino presentar un nuevo concepto de soberanía.
Entendemos que el concepto de soberanía clásico debe ser dejado a un lado a los efectos de resolver el interrogante planteado, para darle paso a un concepto renovado.
Así, nos vemos obligado a definir el término soberanía desde una concepción clásica tal como lo hace José María Podestá Costa Ruda, a la "función de regir al Estado, ejercida por el poder público dentro de su respectivo territorio y con exclusión de cualquier otro poder" o a decir de Jean Bodin, es "el poder absoluto y perpetuo de una República".
Es por eso que a lo largo de estas líneas intentaremos esbozar un concepto de vanguardia que alude a una Soberanía de Dos Banderas, Segmentada, de Consenso que abra paso a la administración y conservación de recursos en forma conjunta.
MARCO TEÓRICO
Capítulo I
Antecedentes Históricos
Por María Irene Aronna y Susana Martínez
En el presente capítulo pretendemos abordar el desarrollo histórico de la relación existente entre Argentina y Reino Unido a partir del desenvolvimiento del conflicto de Malvinas. Conflicto que data de 1833, y aun no ha sido resuelto.
Creemos que en virtud del análisis de los antecedentes podremos alcanzar una respuesta a la hipótesis que hemos planteado como esquema de este trabajo, que es la siguiente: la Argentina y Reino Unido podrían ACORDAR BILATERALMENTE CUESTIONES EN TORNO A LA ADMINISTRACION Y CONSERVACION DE RECURSOS VIVOS Y NO VIVOS EN TERRITORIO CON CONFLICTO DE SOBERANIA y si esto es una CUESTIÓN ECONÓMICA - CUESTIÓN POLÍTICA.
Estamos convencidos de que la interpretación de los sucesos del pasado son la clave para entender la situación actual de la mentada disputa de soberanía.
Dado el carácter violento e intrusivo, del apoderamiento británico de las Islas ocurrido en 1833, mantenido por la fuerza contra todas las soluciones pacificas- inclusive protestas con ofrecimiento de sumisión a un arbitraje -es de todo punto de vista inadmisible la alegación por el Reino Unido de haber prescripto a su favor por el tiempo transcurrido. Dado que la prescripción reconoce en su origen que ha existido una normal soberanía que se trata de sustituir, pero a ello se oponen todas las circunstancias de hecho que mencionaremos y además, significativamente, el reconocimiento por la opinio iuris dada por la gran mayoría de los Estados a favor de la reivindicación argentina.
La presencia argentina el 2 de abril de 1982 en Malvinas debe tenerse por una restauración histórica, jurídica y política, no como una invasión, que sí lo fue, el acto de anexión perpetrado por Inglaterra en 1833, reconocido así en sus documentos oficiales.
Desde entonces y hasta el presente, la República ha reivindicado permanentemente su justo reclamo en el nivel bilateral, formulando las protestas correspondientes cuando ha tenido conocimiento de actos británicos que contradicen su soberanía sobre las Islas Malvinas, Georgias del Sur, Sándwich del Sur y los espacios marítimos circundantes, así como en distintos foros multilaterales, entre ellos las Naciones Unidas y la Organización de los Estados Americanos, impulsando la adopción de resoluciones que llaman a las dos Partes a resolver la controversia y declaraciones de apoyo a la posición argentina.
En la década del 70, con el Informe Griffits y luego con el Informe Shackleton, Gran Bretaña puso de manifiesto la alta posibilidad de que hubiera petróleo en la zona del Atlántico Sur. El Informe Shackleton, si bien reconoció la posibilidad de extraer petróleo, dictaminó la necesidad de cooperación argentina. Nuestro país, debido a las medidas unilaterales tomadas en aguas de soberanía argentina, protestó mediante los comunicados del 02/01/75 y 04/02/76.
En la reunión de Lima, de 1978, el Reino Unido planteó la necesidad de delimitar las jurisdicciones marítimas alrededor de las islas y el 31 de Agosto de ese mismo año, Argentina informa a las Naciones Unidas que Gran Bretaña realizaba unilateralmente exploraciones petroleras en la Plataforma Continental delas Islas. Durante la década del 80, se volcó el interés hacia la pesca, por lo que el presupuesto de las Islas Malvinas se triplicó, y en 1982 tuvo lugar el conflicto del Atlántico Sur y la ruptura de relaciones diplomáticas, las que fueron restablecidas en febrero de 1990; pero al concluir el conflicto, comenzó a notarse la presencia de numerosos pesqueros y factorías de diversas y lejanas nacionalidades. Los factores que contribuyeron a este desarrollo fueron el aumento del consumo de pescado desde principios de los 80s y el consiguiente aumento en el precio. Esto hizo más rentable la actividad y permitió superar los costos que imponían las distancias que los pesqueros debían recorrer desde sus puertos de origen. También se descubrieron importantes reservas de calamares. Además, el área era todavía una de las pocas que carecía de regulación pesquera. Hasta la guerra por las Malvinas, el Atlántico Sur había sido una zona de pesca poco explotada.
Después de la guerra Gran Bretaña estableció una Zona de Exclusión Militar de 200 millas de radio, con centro en un punto del estrecho de San Carlos que luego que luego, el 23 de julio de 1982 se convierte en la Zona de Protección de las Malvinas (FIPZ), pero con un radio de 150 millas. En esta zona se prohibía el ingreso de buques de guerra y de apoyo argentinos.
Período 1987-1993
Luego del establecimiento de la FIPZ, los británicos establecieron la zona de conservación que fue denominada FICZ (Zona Interina de Conservación y Administración de las Islas Falkland), en febrero de 1987 por la cual se exige a cualquier embarcación que desee pescar la obtención de una licencia que supone el pago de un arancel. Esta medida se impuso en base a distintos fundamentos sostenidos por los británicos en el desarrollo de diferentes etapas. En principio, a mediados de los ochenta las autoridades isleñas comenzaron a preocuparse por la posible depredación de los bancos de peces de las aguas que circundan las islas. En noviembre de 1983, el Consejo Legislativo de las islas solicitó formalmente el establecimiento de una zona de pesca. El gobierno británico rechazó la propuesta porque a pesar de los perjuicios ambientales a partir de la existencia de aguas libres y acceso irrestricto en las Falkland, no estaban convencidos de que el establecimiento de una Zona Exclusiva de Pesca en aguas de las Falkland pudiera ser justificado. Por el contrario, la comunidad científica había concluido que era necesario un régimen para la conservación del recurso pesquero dado que, como sostuvo un informe de la FAO había una gran probabilidad de que fuera sobreexplotado.
El gobierno británico intentó alcanzar un acuerdo multilateral para la conservación de las pesquerías del Atlántico Sudoccidental. Sin embargo, fue presionado para que revisara esta postura inicial
Como la Argentina también reclamaba la soberanía sobre su mar territorial hasta las 200 millas de su costa e incluye a las Islas Malvinas, las autoridades británicas, para evitar potenciales enfrentamientos, decidieron hacer coincidir a la zona de conservación y administración pesquera con la zona de protección establecida en julio de 1982 alrededor de las Malvinas. De este modo, ambas zonas podían ser patrulladas simultáneamente por sus buques y aviones. Por otra parte, los barcos y aviones argentinos no podían ingresar en la zona de protección sin una previa autorización del gobierno británico.
Al ignorar la política conciliadora de alcanzar un acuerdo multilateral con la participación de la FAO, inicialmente impulsada por el gobierno británico, Argentina debió pagar un precio político muy alto hacia un acto unilateral británico, persistiendo en unir el tema de la conservación con la soberanía.
En cuanto a la declaración unilateral británica, la posición argentina es que ésta no responde a los términos de la Resolución 31/49 de las Naciones Unidas porque modifica unilateralmente la posición de una de las partes en perjuicio de otra, al reclamar Gran Bretaña jurisdicción sobre los espacios marítimos argentinos. Además, para los argentinos, la decisión británica no tiene sustento legal por que ni la convención ni el derecho consuetudinario admiten la apropiación de espacios marítimos de jurisdicción de otro Estado de manera unilateral y mediante el uso de la fuerza armada.
Ante la decisión británica de imponer la zona de conservación anunciada el 29 de octubre de 1986, el gobierno argentino declaró el 17 de noviembre de ese año que era necesario encarar las negociaciones sobre todos los temas, incluyendo el de la soberanía y que tanto la ausencia de negociaciones como la declaración británica del 29 de octubre mantenían viva la disputa y eran fuentes de tensión y conflicto. Por lo tanto, el gobierno argentino expresó su disposición para iniciar negociaciones globales según los términos de la resolución 40/21 de la Asamblea General de las Naciones Unidas. El gobierno argentino además tomó medidas. Formó un nuevo comité militar y canceló las bajas de los soldados conscriptos.
En el marco de los Organismos Internacionales, el 2 de noviembre, se reunieron en Punta del Este los cancilleres de la Argentina, Brasil y Uruguay, allí acordaron solicitar una sesión especial al Consejo de la OEA. Poco después, el 11 de noviembre, la OEA reunida en la ciudad de Guatemala apoyó unánimemente una resolución que expresaba su "gran preocupación por este nuevo elemento de tensión y conflicto potencial." En esta oportunidad, los Estados Unidos apoyaron la postura argentina.
Desde principio de los años 90, ambos países pudieron avanzar en la coordinación de los esfuerzos por regular la pesca en las aguas disputadas cuando las partes luego de atenerse a la fórmula del paraguas acordaron reanudar las relaciones diplomáticas. Con el fin de disminuir la tensión EEUU comenzó a promover conversaciones secretas entre las partes que se extendieron hasta principios de 1990 y que culminaron con el arribo a una fórmula de entendimiento entre las partes que se plasmó en los Acuerdos de Madrid, firmados en febrero de 1990. Estos plantearon, el primero, la adopción de la fórmula de soberanía, la reafirmación del compromiso de ambos países de respetar los principios de la carta de las Naciones Unidas, la cesación de hostilidades y el compromiso de ambos países de no efectuar reclamaciones por los daños efectuados y libre acceso de los buques mercantes argentinos a la Zona de Exclusión. Y el segundo, el levantamiento por el Reino Unido de la Zona de Exclusión alrededor de Malvinas, la adopción de las primeras medidas de confianza en el ámbito militar en el Atlántico Sudoccidental, la creación de un Grupo de Trabajo sobre Asuntos del Atlántico Sur y visitas de familiares de soldados argentinos a las Islas.
La cuestión de la pesca se transformó en un tema muy conflictivo y puso a prueba la continuidad de las relaciones amistosas.
En la reunión del grupo de trabajo bilateral abocado al tema, en noviembre de 1990 en Madrid, los británicos presentaron una iniciativa para extender su Zona Interina de Conservación y Administración de las Islas Malvinas (FICZ) -establecida en 1986- más allá de las 150 millas que fue rechazada por el gobierno argentino. Al mismo tiempo, el gobierno británico rechazó una propuesta argentina de coadministrar una franja de 50 millas a crearse alrededor de la zona anterior, dando a entender además que, en caso de no llegarse a un acuerdo, ampliaría unilateralmente su control de las 150 a las 200 millas.
Finalmente se llegó a un acuerdo preliminar firmado en Buenos Aires el 28 de noviembre de 1990 como Declaración Conjunta sobre Conservación de Recursos Pesqueros, por la cual, bajo la fórmula de salvaguardia de soberanía, la Argentina y el Reino Unido disponían la prohibición de la pesca comercial en un área marítima denominada Zona de Conservación Exterior (FOCZ) con forma de semianillo ubicada al este de la FICZ, disposición que sería evaluada todos los años. Cada gobierno tomaría las medidas correspondientes para el cumplimiento de la prohibición dispuesta, pues no pudo acordarse el patrullaje conjunto.
Sin embargo se debe destacar que el que autoriza a pescar en la zona de prohibición conjunta, donde durante dos años estuvo prohibido todo tipo de captura es únicamente Londres y no es una decisión conjunta. Esta prohibición de pesca, databa del año 1990 en que el entonces canciller Domingo Cavallo, había dado a conocer un anterior comunicado conjunto en el que ambos países prohibían la pesca en la región. Por cierto, el gobierno británico tomó resoluciones unilaterales que provocaron la protesta del gobierno argentino y su amenaza de romper los acuerdos pesqueros.
También se estableció la Comisión de Pesca del Atlántico Sur. Dadas las dificultades en las negociaciones Argentinas con Gran Bretaña, el Comité de Descolonización de NU, aprobó el 29 de julio de 1992, la Resolución A/AC 109/ 1132 por la cual reiteraba la exhortación a Gran Bretaña y Argentina de procurar "una solución pacífica y negociada sobre la soberanía" de las Islas. A continuación de esa fecha se sucedieron cada año, en similar tono, resoluciones del Comité Especial.
El 1° de febrero de 1991 asume como Canciller el Ingeniero Guido Di Tella se caracterizó por la negociación bilateral con el gobierno del Reino Unido y la negociación bilateral con los habitantes de las islas, conocida por la forma en que se instrumentó, como "estrategia de seducción o charme politics".
En cuanto a los hidrocarburos, en 1991 Gran Bretaña autorizó una ley del Consejo de Malvinas para llamar a la prospección petrolera: era el primer paso en la búsqueda de hidrocarburos. Como réplica el gobierno argentino promulgó la ley 23.968 de líneas de base que fija los espacios marítimos argentinos y que incluye a las Islas Malvinas, Georgias y Sándwich del Sur. Esta ley junto con la ratificacion de la Convencion de las Naciones Unidas sobre el derecho del Mar son dos actos que merecen ser severamente criticados, ya que redujeron de 200 a 12 las millas del Mar territorial Argentino y limitaron a 350 millas marinas la Plataforma Continental Argentina, debilitando nuestros derechos territoriales y los relativos al Archipielago de Malvinas y la Antartida.
Argentina lanzó en 1992 el plan petrolero denominado "Plan Argentina" (decreto 2178/92), que incluía seis zonas que se encuentran en lo que se denomina área gris, dónde se superpone las 200 millas medidas desde el continente argentino con las 200 millas tomadas desde las Malvinas. Ante una solicitud del gobierno británico, el Canciller Guido Di Tella hizo retirar esas seis zonas de la licitación.
El 18 de julio de 1992 Gran Bretaña amenazó con iniciar en forma unilateral, antes de fines de ese año, la búsqueda de petróleo en las aguas próximas a las Malvinas, luego de que fracasara unos días antes una segunda negociación reservada con la Argentina. El factor fundamental por el que Londres daría el primer paso unilateral desde que se reanudaran las relaciones diplomáticas en febrero de 1990, fue la presión de los isleños y de las empresas británicas que operaban en la región, por iniciar la prospección petrolera en octubre de 1992. La propuesta británica consistía en aceptar cooperar para la prospección sísmica. En Londres los británicos agregaron verbalmente la idea de "aguas separadas".
De acuerdo a esta fórmula, la pretensión de Gran Bretaña era que la Argentina aceptara que Londres otorgara permisos por cuenta propia para las tareas de prospección en una serie de áreas delimitadas dentro de la zona de preservación pesquera (FICZ) y la zona de prohibición de pesca con forma de semianillo, ubicada al este de las islas. La única excepción debería ser, para los británicos, el área de superposición de las 200 millas medidas desde el continente hasta las 150 millas de la FICZ. Por ese entonces, Londres sólo permitía al gobierno de las islas concretar la primera etapa de prospección. Lo harían adelantando la decisión primero a Buenos Aires, a fin de cumplir con el compromiso de evitar sorpresas en la reanudada relación bilateral. En cambio, la propuesta que la Argentina puso en la mesa de negociaciones en febrero, y que Gran Bretaña no aceptó, pretendía cooperar dentro de todas las aguas adyacentes a las Malvinas, incluyendo dentro de esa cooperación una pequeña parte de las 200 millas que le correspondían a la Argentina por sus costas continentales y una porción de la plataforma ubicada hacia el este, que está más allá de las 200 millas de las islas.
Hacia el 22 de julio de 1992, los malvinenses seleccionaron las empresas que iniciarían la búsqueda de petróleo. La decisión unilateral dependía, para ponerse en práctica, de una autorización formal del gobierno británico. La jugada de los isleños constituía otro paso más en la política de presión que mantenían sobre Londres para tratar de iniciar en octubre de ese mismo año la prospección petrolera en el mar.
En septiembre de 1992, Gran Bretaña autorizó a los isleños a licitar las tareas de prospección para la búsqueda de petróleo, concretándose así en forma efectiva la primera decisión unilateral de Londres desde que se reanudaron las relaciones con Buenos Aires. El 25 de septiembre de 1992 el gobierno británico, como consecuencia de las negociaciones mantenidas desde diciembre de 1991, decidió permitir la participación de empresas argentinas en el llamado a licitación internacional para la prospección sísmica en las Malvinas. La embajada británica anunció que la licitación sería abierta e internacional. La zona sujeta a prospección por los británicos en forma unilateral reunía a la Zona Interna de Conservación y Administración (FICZ) de la pesca y a la de prohibición pesquera acordada por la Argentina y Gran Bretaña en 1990.
En marzo de 1993, el gobierno británico anunció que mediante una carta de intención había notificado a las compañías petroleras más importantes del mundo, que abriría la licitación para la exploración del petróleo en el área malvinera, entrando así, de modo unilateral, en la fase de exploración con perforación. Las cartas, llamadas "letters of comfort", garantizaban que si había petróleo dentro del área de 150 millas que rodea a las Malvinas, podrían extraerlo. Como réplica, la Argentina envió su respuesta mediante las "letters of discomfort" a las mismas empresas, advirtiendo que iniciaría un juicio en los tribunales internacionales a todo aquel que extrajera petróleo de esa zona en conflicto sin su autorización.
La importancia de la cuestión de la exploración y explotación de los recursos hicrocarburíferos radica en el hecho de que, al igual que en el caso de la pesca, constituye una manifestación concreta del ejercicio de la soberanía; y a diferencia de ésta, una fuente potencial de ingresos mucho mayor. Las rápidas y enérgicas reacciones de una y otra parte con respecto al tema, aún cuando se desconoce a ciencia cierta la existencia de reservas de petróleo y/o gas en volúmenes rentables, hablan a las claras de los intereses involucrados.
Periodo 1994-2002
En 1994 se efectúa en la Constitución Argentina una reforma ratificando su legal e imprescriptible soberanía sobre las Malvinas e islas Georgias y Sándwich del Sur y sus alrededores marítimos e insulares, como parte del territorio argentino, siendo un permanente objetivo del pueblo argentino resguardar los intereses de los isleños.
Hacia fines de enero de 1994, la Argentina rechazó la posibilidad de cooperación con Gran Bretaña en la eventual extracción de petróleo alrededor de Malvinas, basándose en el supuesto de que el crudo pertenecería a los británicos. Durante los días 14 y 15 de Julio de 1994 la Argentina y Gran Bretaña mantuvieron cruciales negociaciones tendientes a buscar una forma de cooperación en exploración petrolera. Para la Argentina implicaba la idea de compartir los impuestos que se cobrarían en el caso que se encontrara petróleo. En cambio, Gran Bretaña solo estaba dispuesta a aceptar que empresas argentinas participaran en un pie de igualdad con las británicas de la exploración y explotación de hidrocarburos. Los británicos propusieron sorpresivamente continuar negociando en septiembre. El subsecretario de relaciones exteriores Rogelio Pfirter -jefe de la delegación argentina- aceptó con la condición de que hasta esa fecha ninguna de las partes tomara medidas unilaterales. Por otro lado se produce el problema de la brecha GAP, dado que el Reino Unido el 22 de agosto de 1994 extiende su jurisdicción sobre un área, una especie de martillo entre ambas ZEE la de Argentina y la de Malvinas. El Reino Unido expresó que se trataba de una medida de conservación, protestando Argentina inmediatamente por lo que se trataba de un área en disputa.
El 1 de febrero de 1995, la Argentina y Gran Bretaña iniciaron conversaciones informales con la intención de sentar las bases de negociaciones sobre hidrocarburos, y de hallar puntos de coincidencia para reanudar las negociaciones sobre pesca. Hasta ese momento las posiciones sobre la explotación de hidrocarburos en la plataforma de las Malvinas estaban enfrentadas, debido a la posición argentina de aspirar a una acción compartida en razón de que se trata de un recurso no renovable en una zona en litigio. En tanto Gran Bretaña era renuente a esta posición y amenazó con actuar unilateralmente. Ante esta posición la Argentina advirtió que acudiría a tribunales internacionales. La ronda de conversaciones argentino-británica del 1, 2 y 3 de febrero de 1995 fue calificada de satisfactoria, ya que en otras oportunidades las partes habían concluido su cometido el primer día. La posición argentina en relación con este punto era, resolver la distribución de las regalías por una eventual explotación petrolera conjunta en las islas Malvinas en el marco de la cooperación en que estaban trabajando los gobiernos de ambos países.
Los gobiernos de la Argentina y Gran Bretaña, luego de más de un año de negociaciones, prácticamente lograron un acuerdo para crear dos zonas de explotación petrolera conjunta repartidas entre las aguas de las Malvinas y las 200 millas medidas desde el continente.
A mediados de agosto de 1995 se iniciaron las tratativas secretas entre diplomáticos argentinos y británicos para solucionar la cuestión del petróleo. La sorpresiva y reservada reunión que el 14 de agosto mantuvieron en Madrid, el subsecretario de Política Exterior, Guillermo González, y su par británico, William Mardsen, fue la continuación de otras anteriores en las que no se llegó a ningún acuerdo sobre exploración. Los desacuerdos residían fundamentalmente en la zona oriental de las aguas de las Malvinas, donde los isleños se negaban a permitir que la Argentina tuviera algún tipo de participación. En cambio, en las aguas occidentales, existía un preacuerdo para crear una comisión binacional que llamara a una licitación y para compartir las regalías en partes iguales. Pero ese preacuerdo incluía las aguas de las 200 millas argentinas, que nunca estuvieron en disputa.
El 27 de Septiembre de 1995 la Argentina y Gran Bretaña firmaron en la sede de las Naciones Unidas de Nueva York la "Declaración Conjunta Argentino-Británica sobre Actividades Costa afuera en el Atlántico Sudoccidental", que alentaba la exploración y eventual explotación de hidrocarburos en aguas adyacentes a las Islas Malvinas. El acuerdo suscrito por los cancilleres estableció un área de cooperación petrolera que se distribuía en seis zonas de 3500 kilómetros cuadrados cada una, aguas afueras de las Malvinas. Luego de firmado el acuerdo de cooperación ambos gobiernos emitieron una declaración de soberanía sobre el archipiélago. La Argentina y el Reino Unido formaron una zona de cooperación ubicada al sudoeste de las Malvinas.
Si bien existió la declaración unilateral de cada parte, la Argentina y Gran Bretaña llegaron a un acuerdo no escrito para toda la zona en disputa.
Los cancilleres de la República Argentina y del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte se reunieron en Londres.
El panorama del petróleo se había despejado desde que en septiembre de 1995 se aprobó de un régimen de cooperación y explotación conjunta. Este régimen abrió el camino a los isleños para hacer un llamado internacional a explorar y eventualmente explotar hidrocarburos al norte y al sur del archipiélago. En tanto se establecía una zona común o especial, al oeste de las islas, donde las aguas jurisdiccionales se sobreponen, la cual sería de administración conjunta.
El gobierno pensó en un acuerdo global sobre pesca, petróleo y comunicaciones para acercarse al camino de la soberanía. La cancillería argentina seguía encontrando una obstinada respuesta negativa del Foreing Office (cancillería inglesa) a su permanente propuesta de hablar sobre la soberanía. De lo que si se conversaba era de seguir progresando en materia de exploración y explotación petrolera en la zona que rodea las islas y hay perspectivas de avances en materia de comunicación entre las islas y el continente.
Después de casi tres años que se firmó el acuerdo bilateral de cooperación en New York, comenzado a rendir los frutos. Los dos gobiernos realizaran oficialmente un llamado a licitación para la exploración y explotación petrolera de la zona especial argentino- británica. Este acuerdo forma parte de un paquete de medidas que diplomáticos argentinos vienen negociando con representante del Foreing Office. Otra medida que forma parte de este paquete es de las comunicaciones entre las islas y el continente, en este tema se pudo llegar a un acuerdo debido a que la argentina autorizó los vuelos entre puerto argentino y Montevideo que se realizarían sin pisar suelo argentino, también se establecería una medida para un acuerdo respecto de la pesca.
En 1998 además se firmó el Acuerdo Pesquero